LA-56-AYO-056AYO937-N-12-2026: SERVICIO MEDICO INTEGRAL DE TERAPIA DE INFUSION INTRAVASCULAR
1. Identificación y Carácter: Dependencia Convocante: SERVICIOS DE SALUD DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL PARA EL BIENESTAR (IMSS-BIENESTAR) COORDINACION ESTATAL TABASCO Clave Oficial / Expediente: LA-56-AYO-056AYO937-N-12-2026 Tipo de Procedimiento: licitacion_publica (Salud y Farmacéutica) Modalidad: Electrónica a través de la plataforma oficial Compras MX / Gaceta Oficial 2. Objeto Técnico y Partidas: Contratación correspondiente a: SERVICIO MEDICO INTEGRAL DE TERAPIA DE INFUSION INTRAVASCULAR. Detalle técnico: Convocatoria a licitación pública nacional, con forma de participación electrónica, para la contratación del Servicio Médico Integral de Terapia de Infusión Intravascular. La convocatoria contiene las bases de participación disponibles para consulta en Internet o en el domicilio de la convocante. El alcance técnico comprende el suministro, entrega o prestación conforme al catálogo de conceptos, partidas y especificaciones oficiales estipuladas en el pliego de requisitos. 3. Calendario Oficial: Presentación y Apertura de Proposiciones: 2026-07-06. Junta de Aclaraciones y Fallo: Conforme al cronograma oficial establecido en la convocatoria. 4. Lugar, Plazo y Condiciones: Lugar de Entrega / Cumplimiento: Tabasco. Presupuesto Base: No publicado en convocatoria (Concurso a precio competitivo / Subasta inversa). Plazo y Condiciones: Conforme a los términos y condiciones de entrega estipulados en las bases. 5. Requisitos Clave para Concursar: - Opinión de cumplimiento fiscal (Art. 32-D CFF) vigente en sentido positivo expedida por el SAT. - Opinión de cumplimiento de obligaciones en seguridad social (IMSS) e INFONAVIT vigentes y sin adeudos. - Acreditación de existencia legal (acta constitutiva en RPC) y poder notarial general del representante legal. - Propuesta técnica y económica con cédula de partidas, fichas técnicas y carta de garantía del fabricante. - Garantía de cumplimiento de contrato mediante fianza por el 10% del importe adjudicado (Art. 48 LAASSP).
