SERV. DE SUMINISTRO DE GAS L.P. EN TANQUES ESTACIONARIOS, REGIMEN ORDINARIO 2025: SERV. DE SUMINISTRO DE GAS L.P. EN TANQUES ESTACIONARIOS, REGIMEN ORDINARIO 2025
1. Identificación y Carácter: Dependencia Convocante: INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL Clave Oficial / Expediente: SERV. DE SUMINISTRO DE GAS L.P. EN TANQUES ESTACIONARIOS, REGIMEN ORDINARIO 2025 Tipo de Procedimiento: LICITACIÓN PÚBLICA (Salud y Farmacéutica) Modalidad: Electrónica a través de la plataforma oficial Compras MX / Gaceta Oficial 2. Objeto Técnico y Partidas: Contratación correspondiente a: SERV. DE SUMINISTRO DE GAS L.P. EN TANQUES ESTACIONARIOS, REGIMEN ORDINARIO 2025. Detalle técnico: SERVICIO DE SUMINISTRO DE GAS L.P. EN TANQUES ESTACIONARIOS, PARA CUBRIR LAS NECESIDADES DE LAS UNIDADES MÉDICAS Y NO MÉDICAS, DEL RÉGIMEN ORDINARIO DEL ÓRGANO DE OPERACIÓN ADMINISTRATIVA DESCONCENTRADA ESTATAL YUCATÁN, EJERCICIO 2025. El alcance técnico comprende el suministro, entrega o prestación conforme al catálogo de conceptos, partidas y especificaciones oficiales estipuladas en el pliego de requisitos. 3. Calendario Oficial: Presentación y Apertura de Proposiciones: 2025-01-29. Junta de Aclaraciones y Fallo: Conforme al cronograma oficial establecido en la convocatoria. 4. Lugar, Plazo y Condiciones: Lugar de Entrega / Cumplimiento: YUCATÁN. Presupuesto Base: No publicado en convocatoria (Concurso a precio competitivo / Subasta inversa). Plazo y Condiciones: Conforme a los términos y condiciones de entrega estipulados en las bases. 5. Requisitos Clave para Concursar: - Opinión de cumplimiento fiscal (Art. 32-D CFF) vigente en sentido positivo expedida por el SAT. - Opinión de cumplimiento de obligaciones en seguridad social (IMSS) e INFONAVIT vigentes y sin adeudos. - Acreditación de existencia legal (acta constitutiva en RPC) y poder notarial general del representante legal. - Propuesta técnica y económica con cédula de partidas, fichas técnicas y carta de garantía del fabricante. - Garantía de cumplimiento de contrato mediante fianza por el 10% del importe adjudicado (Art. 48 LAASSP).
